Se amplia el plazo para reclamar los gastos bancarios hasta el 14 de abril de 2024

Inicialmente el plazo terminaba el próximo martes 24 de enero...

Aunque el Tribunal Supremo estableció el 23 de enero de 2019 qué gastos eran abusivos y reclamables y cuales no, el Estado de Alarma a raiz del COVID 19 interrumpió los plazos procesales durante 82 días.

Esto quiere decir que hasta el 24 de abril de 2024 se pueden reclamar los siguientes gastos:

Se pueden reclamar la totalidad de los gastos de registro, tasación y gestoría de la hipoteca, así como la mitad de la factura del notario.

¿Se puede reclamar algún gasto más?

A mayores se puede reclamar la comisión de apertura de la hipoteca, siempre y cuando dicha comisión no esté asociada a ningún servicio efectivamente realizado. También bajo ciertas circunstancias se podrán reclamar los seguros de vida asociados a la hipoteca.

¿se puede reclamar también la cláusula suelo o el IRPH?

Se pueden reclamar en la misma demanda tanto los gastos hipotecarios como las cláusulas suelo, IRPH y seguros de vida vinculados a la firma de una hipoteca SIEMPRE Y CUANDO SEAN ANTERIORES AL 16 DE JUNIO DE 2019, fecha en la que entró en vigor la nueva Ley de Crédito Inmobiliario.

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